Presentar alegaciones i/o recursos a los expedientes sancionadores por infracciones en el uso del transporte público metropolitano

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Para viajar en servicios de transporte público es obligatorio llevar un título de transporte válido y cancelar el billete correspondiente cada vez que se accede al medio de transporte.

Estado:
En plazo
Tema:
Movilidad
Subtema:
Penalizaciones y sanciones por uso indebido de los servicios de transporte
Responsable AMB:
Servicios Jurídicos

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Presentación electrónica de alegaciones y/o recursos En línia

Registro

Descripción

Serán denunciadas por uso indebido del transporte y obligadas a satisfacer a la empresa operadora una penalización, denominada "percepción mínima", fijada actualmente en 100 euros, aquellos usuarios del transporte público de viajeros (metro, autobús, etc.) que, en el momento de ser requeridos por personal inspector de las compañías operadoras:

  • no presenten billete ni ningún título de transporte validado;
  • o presenten un título de transporte que no es válido para las características del trayecto o de la persona usuaria;
  • o superen el tiempo máximo de permanencia en las instalaciones al que, si es el caso, da derecho cada validación de un título integrado.

Si la percepción mínima se satisface en el mismo momento de la denuncia (pago directo al personal inspector) se hará una bonificación del 50%. En caso contrario, la persona denunciada dispondrá de un plazo de 30 días para satisfacer el importe total de la percepción.

Si transcurridos los 30 días del plazo para pagar, el interesado no ha satisfecho la percepción mínima, la empresa operadora traslada la denuncia a la Administración pública competente para que incoe expediente sancionador contra la persona denunciada. Este expediente puede acabar con la imposición de una multa de hasta 600 euros.

A quién va dirigido

Las personas a las que el AMB haya incoado expediente sancionador tienen derecho a presentar alegaciones y a aportar las pruebas que consideren convenientes, así como todos los recursos que estimen oportunos.

Plazos

  • Para hacer el pago de la percepción mínima: 30 días.
  • Para presentar alegaciones el plazo es de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la notificación de la incoación del expediente.

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