Solicitud de la tarjeta T-verda

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La tarjeta T-verde es un título de transporte que permite utilizar de forma ilimitada y gratuita los servicios de transporte público integrados.

Estado:
En plazo
Tema:
Movilidad
Subtema:
Tarjetas de Transporte
Sub-subtema:
T-verda
Responsable AMB:
AMB Informació

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Sobre de respuestaEn línea

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Descripción

La tarjeta T-verde es un título personal e intransferible, con el nombre y el DNI/NIE, que es necesario validar en cada viaje.

La tarjeta verde metropolitana es un título de transporte gratuito con una duración de 3 años, que se renueva anualmente.

Disseny de la T-Verda

A quién va dirigido

Se podrán beneficiar los ciudadanos del ámbito ATM que hayan dado de baja y desguazado un vehículo sin etiqueta ambiental.

¿Dónde se puede utilizar?

En los servicios de transporte público integrados (Bus Metropolità, TMB, TRAM, Cercanías y FGC) en las zonas tarifarias de la 1 a la 6 de la ATM de Barcelona.

Zona tarifaria

Plazos

La duración de la tarjeta T-verda es de tres años. Sin embargo, dicha tarjeta deberá renovarse anualmente. La renovación de la tarjeta se realiza sin coste alguno para el beneficiario y de forma automática. La T-verda se recibirá en el domicilio.

Requisitos

Los residentes fuera del ámbito de los 36 municipios del AMB deberán tramitar la solicitud y hacer las gestiones directamente con la ATM.

Residentes en municipios del AMB

Las personas que residen en el área metropolitana de Barcelona (municipios AMB) y que quieran solicitar la tarjeta T-verde deberán acreditar:

  1. Ser mayor de edad.
  2. Estar empadronado en el ámbito del área metropolitana de Barcelona.
  3. Que han desguazado un vehículo de su titularidad, y que se comprometen a no adquirir otro durante la vigencia de la T-verda. Solo tienen validez los vehículos desguazados en los seis meses anteriores a la solicitud del presente título de transporte y en que el municipio que figure en el permiso de circulación del vehículo pertenezca al ámbito territorial de la ATM.
  4. Que han sido propietarios del vehículo desguazado como mínimo en los últimos doce meses antes del desguace.
  5. Que no han adquirido ningún vehículo nuevo en los doce meses anteriores a la fecha de desguace del vehículo.
  6. El vehículo propiedad del solicitante deberá pertenecer a una de las categorías siguientes:
  • Turismos diésel (M1) hasta EUR 3 (matriculados antes de 2006, sin etiqueta de la DGT).
  • Turismos gasolina (M1) o gas hasta EUR 2 (matriculados antes de 2000, sin etiqueta de la DGT).
  • Moto tipo pre-EUR o EUR 1 (ciclomotores matriculados antes del 17/06/2002 y motocicletas matriculadas antes del 1/07/2004).

Avisos

¿Qué hacer si no funciona?

En caso de que la tarjeta funcione mal y sea rechazada por una máquina validadora, los agentes de estaciones o los conductores de autobús facilitarán un canje provisional, por un período de 45 días. En este plazo la persona recibirá en su domicilio, sin coste alguno, un duplicado de la tarjeta original. En este caso, no deberá realizarse ninguna solicitud para obtener la nueva tarjeta. 

¿Qué hacer si se pierde o en caso de robo?

En caso de pérdida o sustracción de la tarjeta T-verda, hay que ponerse en contacto con el teléfono gratuito de información 900 700 077 (de lunes a viernes de 9 a 14 h).

En un plazo máximo de dos meses, se enviará un duplicado. No se podrá expedir, en este caso, más de un duplicado al año. En caso de que sea necesario emitir duplicados, se puede establecer el abono de los gastos de gestión.

¿Qué hacer si el solicitante o beneficiario cambia de domicilio?

En caso de cambio de domicilio es necesario llamar al teléfono 900 700 077 para avisar de la nueva dirección de empadronamiento.

Normativa

Cesión de la tarjeta

El titular de la tarjeta T-verda puede ceder, por una única vez, el derecho a la tarjeta a un segundo beneficiario que puede ser cualquier miembro de su unidad familiar (tal y como está definido en el artículo 82 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas).

Esta cesión no exime al beneficiario inicial del cumplimiento de las condiciones de beneficiario ni comporta una extensión de la duración del beneficio a partir de la concesión inicial. El titular de la tarjeta y el segundo beneficiario deben enviar por correo al AMB utilizando el sobre de respuesta con la siguiente documentación:

  • Impreso de solicitud cumplimentado y firmado (tanto por el titular como por el nuevo beneficiario).
  • Adjuntar la tarjeta T-verda del titular para proceder a la emisión de la nueva tarjeta a nombre del beneficiario.
  • Acreditar su condición de miembro de la unidad familiar. Más información: unidad familiar.

Nota sobre documentación que se aceptará en caso de tratarse de unión civil o pareja de hecho

La documentación que se acepta es:

 

  • Unión civil: el solicitante sí puede ceder la tarjeta a su pareja si presenta documento oficial que lo acredite (normalmente los generan los ayuntamientos).
  • Pareja de hecho/pareja estable: el solicitante sí puede ceder la tarjeta a la pareja si presenta el libro de familia o el documento que acredite que son pareja de hecho.

La documentación que NO se acepta es:

  • Certificado de empadronamiento donde se justifica que la convivencia, sin estar registrados en ningún sitio como pareja de hecho. En estos casos, el solicitante no puede ceder la tarjeta a su pareja.

Uso irregular

En caso de que se detecte que el titular de la T-verda no ha cumplido durante la vigencia de la tarjeta las condiciones de utilización del título, la Administración puede dar de baja de oficio el título de transporte y el titular deberá abonar una percepción mínima consistente en el número de trimestres de uso de la tarjeta realizados con anterioridad a la detección del uso irregular, aplicando el precio por trimestre de una T-trimestre de seis zonas según las tarifas vigentes en el momento del incumplimiento, y sin perjuicio de que se tramite el expediente sancionador pertinente.

En caso de que se inicie cualquier tipo de actuación judicial, las partes acuerdan someterse a los juzgados y a los tribunales de la jurisdicción de Barcelona.

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