Vehículos autorizados
De acuerdo con lo establecido en los artículos 20 y 24.1 c) de la Ley 19/2003, de 4 de julio, del taxi, corresponde al IMET determinar las condiciones exigibles a los vehículos aplicados a las licencias metropolitanas de taxi del AMB.
Estas condiciones se encuentran recogidas en la Norma Complementaria IV del Reglamento Metropolitano del Taxi.Solo se podrán aplicar a las licencias metropolitanas de taxi los modelos, variantes y versiones de motorización de vehículos que previamente hayan sido autorizados por el IMET.
Vehículos autorizados para taxi
Corresponde al IMET autorizar, dentro de los diferentes modelos y variantes de vehículos homologados por las diferentes marcas, los que considere aptos para la prestación del servicio conforme a lo previsto en el artículo 20.1 de la Ley del Taxi y a la Norma Complementaria IV.
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Listado de vehículos autorizados para taxi
Consulta los vehículos autorizados para taxi - Versión a marzo de 2025.
Consulta los vehículos autorizados para taxi - Versión a marzo de 2025.
Los vehículos que estén autorizados para la prestación del servicio, además, deben disponer de los siguientes equipamientos obligatorios: taxímetro, módulo luminoso, impresora expendedora de recibos normalizados a partir de la información facilitada por el taxímetro, sistema de climatización o de aire acondicionado y calefacción y sistema de localización del vehículo que permite la conexión con el Centro de Emergencias 112 de la Generalitat de Cataluña.
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Ficha de especificaciones para cada modelo autorizado
En los documentos siguiente podrá consultar el detalle de las características específicas que debe cumplir cada uno de los modelos autorizados:
- Kia Niro
- SsangYong Korando
- Toyota Corolla Sedan
- Toyota Corolla Touring Active Plus
- Opel Astra Sports Tourer
- Toyota Rav4 Business
- Toyota bZ4X + características técnicas del bZ4X eléctrico.
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Guía de uso de las adaptaciones de los vehículos PMR
Volkswagen Caddy_ARC
Mercedes Benz Vito tourer_ARC
Solicitud de un nuevo modelo, variante o versión de motorización de vehículo
Podrán solicitar la autorización de un nuevo modelo de vehículo, variante o versión de motorización el fabricante del vehículo, la empresa transformadora de vehículos para el transporte de personas con movilidad reducida (PMR) y el titular o adquirente de una licencia de taxi del AMB.
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¿Cómo solicitar un nuevo modelo, variante o versión de motorización de un vehículo?
Para solicitar la autorización de un nuevo modelo, variante o versión de motorización para el servicio de taxi del AMB, el fabricante, la empresa transformadora a PMR y el titular o adquirente de una licencia de taxi del AMB deberán seguir el siguiente procedimiento:
- Contactar con los servicios técnicos del IMET a través del correo electrónico areatecnicaimet@amb.cat para concertar una visita a la sede del IMET. En dicha visita, se deberá presentar el vehículo objeto de autorización para su evaluación. El vehículo presentado deberá cumplir con lo establecido en la Norma Complementaria IV. Solicitamos consultar dicha norma antes de presentar el vehículo.
- Preparar la siguiente documentación en formato electrónico:
- Formulario de solicitud debidamente cumplimentado para cada nuevo modelo, variante o versión de motorización de un vehículo. ACCESO AL FORMULARIO.
- Documentación especificada en el anterior formulario, según corresponda (nuevo modelo, nueva variante o nueva versión de motorización).
- Comprobante de pago de la tasa correspondiente, de acuerdo con la Ordenanza Fiscal III.
Autorización de un nuevo modelo de vehículo. 1.000€ Autorización de una nueva variante de un vehículo previamente autorizado.
500€ Autorización de un nuevo modelo o variante de un vehículo 100% eléctrico o adaptado a PMR.
0€ Autorització d’una nova motorització d’un model o
variant prèviament autoritzat.
0€ - Enviar toda la documentación anterior mediante el uso de una instancia genérica dirigida a la Gerencia del IMET.
- Contactar con los servicios técnicos del IMET a través del correo electrónico areatecnicaimet@amb.cat para concertar una visita a la sede del IMET. En dicha visita, se deberá presentar el vehículo objeto de autorización para su evaluación. El vehículo presentado deberá cumplir con lo establecido en la Norma Complementaria IV. Solicitamos consultar dicha norma antes de presentar el vehículo.
- Normativa aplicable
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Respuesta de la administración
En caso de autorización del vehículo, se notificará al solicitante la autorización del nuevo modelo, variante o versión de motorización, y este aparecerá publicado en el listado de vehículos autorizados por el IMET.
El plazo máximo para resolver es de 3 meses y el sentido del silencio es denegatorio.
Procedimiento para cambiar un vehículo
El titular de una licencia puede sustituir su vehículo por otro que cumpla con las normas establecidas. Para poder realizar esta sustitución, debe dar de baja el vehículo que desea sustituir y comunicar y presentar el nuevo en un plazo máximo de treinta días naturales a partir de la baja del anterior. Los vehículos sustitutos pueden ser nuevos o de segunda mano, siempre teniendo en cuenta que deben ser más nuevos que el que sustituyen.
¿Cómo dar de alta o de baja un vehículo?