Tasas

Tasas relacionadas con la actividad del taxi

Las personas que accedan a la actividad del taxi y a la titularidad de la licencia están obligadas al pago de una tasa única que cubre todo el periodo de explotación de la licencia de taxi.

Por otra parte, el IMET establece tasas anuales y concretas para la presentación a los exámenes con el fin de obtener la credencial de taxista, para llevar publicidad en el vehículo y para los fabricantes de coches para autorizar un modelo de vehículo para taxi.

  • Por adquisición y explotación de la licencia

    Tasa unitaria vinculada a la prestación del servicio y actividades vinculadas a la adquisición y al uso de una licencia:
     

    Concepto Precio
    Entre vivos general 3.355,00 euros
    Entre vivos familiares 1r grado 678,00 euros
    Mortis causa 808,00 euros
  • Exámenes

    Para convocatorias de la prueba escrita y el examen para obtener la credencial de taxista:
     

    Tasas de inscripción a los exámenes Precio 

    Inscripción a las pruebas teóricas (2 primeras convocatorias consecutivas) 

    121,00 euros

    Inscripción a las convocatorias siguientes y a la prueba previa del examen de idioma catalán o castellano

    40,00


    Cuotas especiales

    • Para personas paradas de más de 45 años.
    • Deben estar inscritas en el INEM por un periodo superior a un año y haber agotado la prestación por desempleo. 
    Tasas con precio reducido  Precio 

    Inscripción a las pruebas teóricas (2 primeras convocatorias consecutivas) 

    40,00 euros

    Inscripción a las convocatorias siguientes y a la prueba previa del examen de idioma catalán o castellano

    13,00 euros

  • Autorización de vehículos para taxi

    Para la autorización de un modelo y una variante:
     

    Tasa Precio 

    Autorización por primera vez de un modelo

    3.997,00 euros

    Variante de un modelo previamente autorizado 

    403,00 euros


    Están exentos de pago los vehículos que promueven la diversificación energética (biogas, gas natural comprimido, gas licuado del petróleo, hidrógeno, biocombustibles puros, biodiesel y bioetanol en un 100%).

  • Publicidad

    El importe de la tasa será de 4 € por vehículo y por campaña publicitaria. 

    Cada campaña publicitaria tendrá una fecha de inicio y finalización dentro del año de vigencia de esta ordenanza. 

    Se entenderán como campañas publicitarias diferentes las que se exhiban en más de un soporte o formato.